martes, abril 19, 2005

Lost control


habemus papa Posted by Hello

Sucedió en Argentina. (Pasará en todos lados):

A partir del 31 de julio, los proveedores de servicios de Internet deberán almacenar las preferencias de todos sus clientes por un plazo de diez años, de acuerdo con una ley aprobada del Ejecutivo que la reglamentó. De esta forma, quedarán archivados en registros privados cada uno de los sitios visitados, con quiénes se chateó, en qué términos y hasta el contenido de los correos electrónicos enviados y recibidos, según advierten con “gran preocupación” especialistas en derecho a la información y seguridad informática. Toda esta información deberá quedar a disposición inmediata de la Side ante un posible requerimiento de la Justicia o del Ministerio Público. Según sus fundamentos, la normativa apunta a combatir el delito, particularmente “en los casos de secuestros extorsivos y narcotráfico”. Para algunos expertos, sin embargo, constituye una avanzada sobre los derechos civiles, que viola normas de protección a la intimidad. El dilema ya llegó a la Justicia. Las normas cuestionadas son la Ley de Telecomunicaciones Nº 25.873, sancionada el 17 de diciembre de 2003 (en la última sesión ordinaria del Senado, sobre tablas y sin debate parlamentario), y el decreto Nº 1653 que la reglamentó, de l9 de noviembre de 2004. A pesar del tiempo transcurrido, sus contenidos tuvieron poca trascendencia. Ambas normativas establecen, además, que las prestadoras de telecomunicaciones, incluidas las de telefonía móvil, deberán almacenar los datos de sus clientes: a quién llaman y qué llamadas reciben, la duración de los contactos y en qué lugar se encontraba el aparato en el momentode la comunicación. También deberán contar con equipamiento para que en caso de que un juez o un fiscal ordene la interceptación de alguna comunicación, ésta se haga de forma inmediata. En todos los casos, “la información deberá ser conservada por los prestadores de servicios de telecomunicaciones por el plazo de diez años”, un lapso que para los expertos consultados resulta “exorbitante” y no se exige en ningún otro país.

La Ley de Comercio Electrónico de España habilita a retener los datos de conexión y tráfico de los usuarios de Internet por un período máximode 12 meses. La Directiva Europea sobre comercio electrónico prohíbe que se otorgue al proveedor de acceso la facultad u obligación de vigilar a sus clientes. Pero el punto más polémico de la normativa argentina, advierten los expertos consultados, es aquel que ordena el archivo de todos los movimientos en la web de los usuarios de Internet. “Genera un grado de vigilancia permanente”, señaló el abogado Damián Loretti, director de la Carrera de Comunicación de la UBA. “Guardar por las dudas es un principio fascista. Es la República de Blumberg, es el Gran Hermano: Te controlo para que no hagas”, cuestionó elmatemático Enrique Chaparro, especialista en Seguridad informática y Criptología. “En la práctica no es más que el reconocimiento público de que todos los ciudadanos podemos quedar bajo vigilancia y aún peor, que esa vigilancia será hecha por empresas privadas”, analizó Beatriz Busaniche, activista de software libre, integrante de la Fundación Vía Libre. Para Busaniche, “el gobierno reglamentó el monitoreo colectivo en una forma que asustaría a los mismísimos espías de la administración Bush”. A su entender, viola el artículo 43 de la Constitución que protege el derecho de habeas data. “Según este artículo, todo ciudadano tiene derecho a pedir que se borren sus datos de cualquier base de datos, pero el decreto dice que las empresas deben mantener bajo secreto la infraestructura para controlar”, observó Busaniche. También consideró que transgrede el artículo 19 de la Constitución nacional (que establece que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a lamoral pública” están sólo reservadas a Dios) y el 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que dice: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques”.

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